Guías prácticas
Vacaciones y prima vacacional: cómo calcular cuánto te corresponde
Las vacaciones son días de descanso pagado. La prima vacacional es un pago adicional de al menos 25% sobre el salario de esos días. Al terminar la relación laboral, conviene separar el saldo pendiente de periodos completos y el proporcional del periodo en curso.
Qué se genera al cumplir un año
La LFT reconoce vacaciones anuales pagadas y fija un mínimo que aumenta con la antigüedad. Al completar el primer año, la referencia mínima es de 12 días laborables. El artículo 81 dispone que las vacaciones deben concederse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio y que la empresa debe entregar una constancia de antigüedad, días y fecha de disfrute.
Durante una relación activa, pagar una cantidad no sustituye el descanso: el artículo 79 prohíbe compensar las vacaciones con dinero. Otra situación es el cierre de la relación, cuando se revisa la remuneración de los derechos pendientes y del tiempo proporcional trabajado.
Días mínimos de vacaciones según antigüedad
Esta tabla deriva del artículo 76 vigente. Cuenta años de servicio, no años calendario ni el tiempo transcurrido desde el último pago de prima vacacional. Un contrato puede reconocer una prestación superior.
| Año de servicio completado | Días laborables |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
| 16 a 20 | 26 |
A partir del sexto año el aumento es de dos días por cada bloque de cinco años; no son dos días nuevos cada año. Si estás en el segundo año sin completarlo, el proporcional de ese periodo se calcula sobre los 14 días que corresponderían al cerrarlo.
Tres operaciones que no conviene mezclar
Días proporcionales = días anuales del periodo × días computables trabajados en ese periodo ÷ días totales del periodo.
Valor de vacaciones = salario diario × días pendientes.
Prima vacacional = valor de vacaciones × porcentaje de prima.
El mínimo general de prima es 25%, conforme al artículo 80. La herramienta calcula por aniversario de servicio y usa la duración real del periodo, que puede ser de 365 o 366 días. El conteo de tiempo usa días naturales; el derecho anual de la tabla se expresa en días laborables de vacaciones.
Ejemplo paso a paso al terminar antes del primer año
Una persona ingresa el 1 de enero de 2026 y termina el 30 de junio de 2026. Su salario mensual bruto es $12,000.00, tiene la prestación mínima de 12 días y prima de 25%. Suponemos servicio continuo, sin vacaciones disfrutadas o reconocidas por anticipado ni periodos que requieran ajustar el cómputo.
- Obtén el salario diario: $12,000.00 ÷ 30 = $400.00.
- Cuenta el tiempo del periodo: del 1 de enero al 30 de junio, ambas fechas incluidas, son 181 días. El año de servicio completo terminaría el 31 de diciembre y tiene 365 días.
- Calcula los días proporcionales: 12 × 181 ÷ 365 = 5.95068493 días.
- Calcula su valor: $400.00 × (12 × 181 ÷ 365) = $2,380.27.
- Calcula la prima: $400.00 × (12 × 181 ÷ 365) × 25% = $595.07.
Los dos conceptos suman $2,975.34 brutos. Conservamos los decimales durante el cálculo y redondeamos al mostrar dinero. Redondear primero los días a 6 produciría una cifra distinta.
Para reproducirlo en la calculadora de vacaciones, elige cálculo proporcional, año de servicio en curso 1, salario mensual de $12,000.00, tabla mínima, prima de 25%, cero días ya disfrutados o reconocidos y las fechas anteriores.
Cómo revisar saldos de otros periodos
Si ya completaste años de servicio, identifica a qué periodo pertenece cada día pendiente. Por ejemplo, un periodo anual de 14 días con 5 ya disfrutados deja 9 pendientes. Con salario diario de $400.00, el valor pendiente es $3,600.00 y su prima de 25% es $900.00, suponiendo que esa prima tampoco se pagó.
Si además termina un periodo incompleto, calcula su proporcional por separado. No vuelvas a incluir días ya disfrutados, pagados o reconocidos. Revisa las constancias y recibos: disfrutar vacaciones y recibir la prima pueden aparecer en fechas distintas.
La calculadora de finiquito usa los días pendientes que captures como total y no añade otro proporcional cuando ese campo contiene un número, incluso cero. Si necesitas reunir varios periodos, determina antes el saldo total correcto. Si lo dejas vacío, ese flujo estima automáticamente el periodo en curso; no significa que haya comprobado tu historial de vacaciones.
Errores frecuentes
- Usar enero como inicio en todos los casos: vacaciones sigue el aniversario laboral; aguinaldo sigue el año calendario.
- Calcular la prima sobre todo el sueldo mensual: el porcentaje se aplica al salario del periodo vacacional que estás revisando.
- Sumar otra mensualidad al tomar vacaciones: mientras sigues empleado, el salario de esos días es el pago ordinario del descanso; la prima es el adicional.
- Mezclar pendientes y proporcionales: asigna cada saldo a su periodo y resta únicamente lo ya reconocido en él.
- Tratar todas las ausencias igual: si hubo suspensiones o incapacidades, revisa qué tiempo es computable antes de usar una proporción simple.
Preguntas frecuentes
¿Pierdo todo si no cumplo el primer año?
No. Al terminar antes de completar el año, el artículo 79 reconoce una remuneración proporcional al tiempo servido. El ejemplo muestra ese supuesto; no equivale a cambiar descanso por dinero mientras continúas trabajando.
¿Pueden darme más días o una prima mayor?
Sí. Revisa contrato, convenio o condiciones aplicables. Si tienes una prestación superior reconocida, usa esos días y porcentaje en lugar de reducirlos al mínimo de la tabla.
¿El resultado es el depósito neto que voy a recibir?
No. Es una referencia bruta de vacaciones y prima. No incluye impuestos ni otros componentes del finiquito y no confirma la procedencia de saldos controvertidos.
Para completar la revisión
El aguinaldo proporcional se calcula con un periodo distinto. Si quieres ver estos conceptos junto con posibles indemnizaciones, consulta el ejemplo de liquidación laboral.
Fuentes: Ley Federal del Trabajo, artículos 76, 79, 80 y 81, Cámara de Diputados. La metodología explica los criterios de fechas y redondeo de cada herramienta.
Información orientativa para relaciones sujetas a la LFT. No sustituye asesoría jurídica, fiscal o contable. Las reglas de otros regímenes, los contratos y el historial de pagos pueden requerir una revisión específica.
Edición: FiniquitoClaro. Esta guía contrasta reglas de fuentes oficiales con ejemplos reproducibles en las herramientas del sitio. Consulta cómo se revisa el contenido y sus límites.